POLITICAS DE VENTA

+ VENTAS: Las reservaciones serán aceptadas únicamente por escrito, a través del correo: reservas@carmelitatours.com y/o whattssap +57 3233127151.

+ POLITICAS DE NO FUMAR: CARMELITA TOURS, da por cumplimiento con lo estipulado en la ley 1335 (Ley Anti-tabaco) expedida el 21 de julio de 2009
a través de la cual se dictan medidas y obligaciones que debemos acatar los establecimientos de Comercio en relación con el consumo de cigarrillo o de tabaco, que contribuyen a la salud y el cuidado del medio ambiente.

Restricción:

“Prohíbase fumar en áreas de recepción para los tours y/o en las motonaves”.
En caso de que algún visitante incumpla con esta política se le informará de la falta cometida.

CARMELITA TOURS  100% LIBRE DE HUMO

+ POLITICAS DE MASCOTA: Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, “CORALINA” prohíbe el ingreso de alimentos y mascotas a los cayos turísticos 

Está prohibido el Tour de Mantarrayas y manipulación de la misma, acuerdo Resolución 426 de 2021 expedida por CORALINA.

+ RESTRICCIONES DE DIMAR: Verde: navegación normal, todas las embarcaciones menores pueden navegar, haciendo uso adecuado y dando estricto cumplimiento a las medidas de seguridad pertinentes.

Amarillo: navegación con restricción: se restringe para personas de la tercera edad, niños menores de 5  años, mujeres embarazadas personas con algún tipo de discapacidad, que no les permite valerse por sus medios.

Rojo: navegación cerrada. Las embarcaciones menores no pueden navegar. No hay excepción.

* La velocidad máxima en la bahía es de diez nudos, y para evitar accidentes con bañistas en White Watta y en Spratt Bight, es de cinco nudos*. 

Durante la mañana se verificará el estado del tiempo y se informará  cualquier cambio en las condiciones 

Se les recuerda a las empresas de transporte de pasajeros y capitanes de embarcaciones las restricciones para el personal que aborde las embarcaciones cuando los cayos se encuentren en bandera “Amarilla”. 

* Bajo esta restricción y por la seguridad de las personas relacionadas a continuación, está prohibido el embarque y transporte a los cayos de: 

1- Adultos mayores de 65 años.

2- Mujeres embarazadas.

3- Personas con discapacidad (en silla de ruedas o que requieran ayuda especial para subir y bajar de la embarcación).

LEYES Y NORMATIVIDAD

ARTICULO 47. LEY 1480 DE 2011

En todos los contratos para la venta de bienes y prestación de servicios mediante sistemas de financiación otorgada por el productor o proveedor, venta de tiempos compartidos o ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia, que por su naturaleza no deban consumirse o no hayan comenzado a ejecutarse antes de cinco (5) días, se entenderá pactado el derecho de retracto por parte del consumidor en el evento en que se haga uso de la facultad del retracto, se resolverá el contrato y se deberá reintegrar el dinero que el consumidor hubiese pagado.

El consumidor deberá devolver la orden de servicio por los mismos medios y en las mismas condiciones en que la recibió. Los costos de transporte y los demás que conlleve la devolución del bien serán cubiertos por el consumidor.

El término máximo para ejercer el derecho de retracto será de cinco (5) días hábiles contados a partir de la entrega de la orden de servicio.

Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:

1.- En los contratos de prestación de servicios cuya prestación haya comenzado con el acuerdo del consumidor.

2.- En los contratos de suministro de bienes o servicios cuyo precio este sujeto a fluctuaciones de coeficientes del mercado financiero que el productor no pueda controlar.

3.- En los contratos de suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor o claramente personalizados.

4.- En los contratos de suministro de bienes que, por naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar por rapidez.

5.- En los contratos de servicios de apuestas y loterías.

6.- En los contratos de adquisición de bienes perecederos.

7.- En los contratos de adquisición de bienes de uso personal.

El proveedor deberá devolverle en dinero al consumidor todas las sumas pagadas sin que proceda a hacer descuentos o retenciones por conceptos alguno. En todo caso la devolución del dinero al consumidor no podrá exceder de treinta (30) días calendario desde el momento en que ejerció el derecho